SANCIONES
Toda persona que haya
cometido un acto violento contra otra debe ser sancionada por la ley. Para tales
fines existen diversos tipos de sanciones imponibles al agresor de conformidad
con el análisis probatorio del juez. En algunas legislaciones se han establecido
los siguientes:
· Multas: se
establece un porcentaje a ser pagado como indemnización y se recomienda que se utilice
la modalidad de días salariales proporcionales al sueldo del agresor, y no un
monto fijo.
·Trabajo comunitario:
es una forma de sanción con una finalidad reparadora positiva. Puede constituir
un medio para utilizar adecuadamente los recursos humanos, ayudando a la comunidad.
Requiere de medidas de seguimiento y de asignación de responsabilidades. Esta sanción
debe combinarse con programas de
rehabilitación de agresores.
PROGRAMAS DE REHABILITACIÓN A LOS AGRESORES
La participación de los
agresores en programas terapéuticos es un tema discutido. En algunas legislaciones
se insta a que los agresores participen en estos programas, mientras que en
otras es de carácter obligatorio. Sin
embargo, en los casos en que se han implementado se ofrecen como una oportunidad
para el cambio de conducta de los agresores. Los más extendidos tienen
estándares de quince a cincuenta y dos sesiones de intervención de carácter
grupal, e incorporan actividades educativas y terapéuticas.
Los programas de
rehabilitación de agresores han incluido, entre otros, los siguientes tópicos:
masculinidad, relaciones interpersonales, resolución de conflictos, valores culturales
y violencia, manejo de la rabia, habilidades para la paternidad, sanciones
criminales, alcohol y abuso de otras drogas, trauma, stress, salud sexual,
opresión, organización comunitaria y violencia.
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